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¿Qué es la FOIA?

La Ley de Libertad de Información [Freedom of Information Act (FOIA)] es una ley que le brinda el derecho a acceder a información del gobierno federal. Se la suele describir como la ley que mantiene a los ciudadanos informados sobre su gobierno

Explore datos de la FOIA

Preguntas frecuentes

¿Qué es la FOIA?

Promulgada en 1966, y con vigencia desde el 5 de julio de 1967, la Ley de Libertad de Información [Freedom of Information Act (FOIA)] dispone que cualquier persona tiene el derecho, con fuerza ejecutoria judicial, de obtener acceso a registros de dependencias federales, excepto en la medida en que dichos registros (o partes de ellos) estén protegidos contra la divulgación pública por una de nueve exenciones o por una de tres exclusiones especiales de registros de las fuerzas del orden público. Se puede realizar una solicitud de la FOIA para cualquier registro de una dependencia. Antes de enviar una solicitud a una dependencia federal, usted debe determinar en qué dependencia es probable que se encuentren los registros que está buscando. El portal en Internet de cada dependencia contiene información sobre el tipo de registro que la dependencia mantiene.

La FOIA es una ley que le brinda el derecho a acceder a información del gobierno federal. Se la suele describir como la ley que mantiene a los ciudadanos informados sobre su gobierno. Bajo la FOIA, las dependencias deben divulgar cualquier información solicitada – salvo que dicha información esté protegida contra la divulgación pública. La FOIA también exige que las agencias divulguen automáticamente ciertas informaciones, incluidos los registros solicitados con frecuencia. Como reconocieron el Congreso, el Presidente y la Corte Suprema, la FOIA es una parte vital de nuestra democracia.

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¿Qué es FOIA.gov?

FOIA.gov es un portal de todo el ámbito del gobierno para la Ley de Libertad de Información, que fue desarrollado como parte del plan de Gobierno Abierto del Departamento de Justicia. En FOIA.gov, usted tiene acceso a todos los datos de la FOIA recabados por el Departamento de Justicia en nombre del gobierno federal.

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¿Qué hay en FOIA.gov?

En FOIA.gov, encontrará los datos que contienen los informes anuales presentados por departamentos y dependencias federales al Departamento de Justicia. Estos informes contienen un detalle de las solicitudes recibidas, cómo las manejó la dependencia, así como la información de tiempos de procesamiento, atrasos, tarifas y necesidades de personal para cumplir con la FOIA.

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¿Quién puede realizar una solicitud asociada a la FOIA?

La regla general es que cualquier persona - ciudadana o no – puede realizar una solicitud asociada a la FOIA. Es fácil hacerlo. No existe un formulario específico que deba utilizarse para presentar una solicitud. La solicitud debe simplemente realizarse por escrito, describir razonablemente la información que busca, y cumplir con exigencias específicas de la dependencia. La mayoría de las dependencias federales aceptan ahora solicitudes de la FOIA electrónicamente, lo que incluye en un formulario en Internet, por correo electrónico o por fax. Si desea registros sobre su persona, deberá proporcionar un comprobante de identidad a fin de proteger su privacidad y asegurar que no se divulgue a otra persona información privada sobre usted.

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¿Cómo realizo una solicitud de la FOIA?

Para obtener información bajo la FOIA, en general, usted debe realizar una “solicitud de la FOIA”. Se trata de una solicitud por escrito en la que usted describe la información que desea, y el formato en que la desea, con la mayor cantidad de detalles posible. Usted debe saber que la FOIA no requiere que las dependencias realicen búsquedas para usted, analicen datos, respondan a preguntas por escrito, o creen registros en respuesta a su solicitud. Finalmente, es importante que sepa que la FOIA exige que las dependencias federales divulguen ciertas informaciones automáticamente, sin necesidad de que usted presente una solicitud. Por lo tanto, antes de enviar su solicitud de la FOIA, sería buena idea fijarse primero en el portal en Internet de la dependencia para ver si ya está disponible.

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¿Adónde debo enviar una solicitud asociada a la FOIA?

No existe un solo lugar al que se envían todas las solicitudes asociadas a la FOIA. Cada dependencia federal se ocupa de sus propios registros en respuesta a solicitudes. Su solicitud recibirá la respuesta más rápida posible si es dirigida directamente a la dependencia y oficina que usted cree que posee los registros que busca. Vea la lista de dependencias federales con la información de contacto individual para cada dependencia.

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¿Existe un formulario especial que deba utilizar para realizar una solicitud de la FOIA?

No existe un formulario específico que deba utilizarse para presentar una solicitud. La solicitud debe simplemente realizarse por escrito, describir razonablemente la información que busca, y cumplir con exigencias específicas de la dependencia. La mayoría de las dependencias federales aceptan ahora solicitudes de la FOIA electrónicamente, incluidos en un formulario en Internet, por correo electrónico o por fax. Vea la lista de dependencias federales para obtener detalles sobre los métodos de presentaciones de solicitud para cada dependencia y cualquier requerimiento específico para obtener ciertos registros

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¿Qué puedo pedir bajo la FOIA?

Se puede realizar una solicitud de la FOIA para cualquier registro de una dependencia. También puede especificar el formato en el que desea recibir los registros. Usted debe saber que la FOIA no requiere que las dependencias realicen búsquedas para usted, analicen datos, respondan a preguntas por escrito, o creen registros en respuesta a su solicitud.

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¿Quién supervisa la FOIA?

El Poder Ejecutivo, liderado por el Presidente, es responsable por la administración de la FOIA en todos los ámbitos del gobierno. La Oficina de Política de Información del Departamento de Justicia supervisa el cumplimiento de las dependencias con estas directivas e incentiva a todas las dependencias a que cumplan plenamente tanto con el texto como con el espíritu de la FOIA.

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¿Quién se ocupa de las solicitudes asociadas a la FOIA?

No existe ninguna oficina central en el gobierno que se ocupe de solicitudes relacionadas con la FOIA para todos los departamentos y dependencias federales. Cada dependencia federal procesa sus propios registros en respuesta a solicitudes relacionadas con la FOIA. Existen muchos funcionarios distintos en estas dependencias que trabajan arduamente todos los días para asegurar que la FOIA funcione. Existen profesionales de la FOIA que buscan y procesan registros en respuesta a solicitudes relacionadas con la FOIA, Enlaces Públicos de la FOIA y contactos de la FOIA que trabajan con solicitantes de la FOIA en responder a preguntas y resolver inquietudes, y Directores Principales de la FOIA que supervisan el cumplimiento de sus dependencias con la FOIA.

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¿Cómo se procesa una solicitud asociada a la FOIA?

Después de que una agencia reciba su solicitud asociada a la FOIA, en general, usted recibirá una carta que acusa recibo de la solicitud y contiene un número de rastreo asignado. Si la dependencia requiere información adicional para procesar su solicitud, se comunicará con usted. En general, la dependencia buscará registros en respuesta a su solicitud y luego examinará esos registros para determinar cuáles, y qué partes de cada uno, se pueden divulgar. La dependencia eliminará o tachará cualquier información protegida contra la divulgación por una de las nueve exenciones de la FOIA. Luego, se le enviarán los registros divulgables.

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¿Cuánto demora obtener una respuesta?

El tiempo que lleva responder a cada solicitud varía dependiendo de la complejidad de la solicitud en sí y la cantidad de solicitudes pendientes de respuesta en la dependencia. En algunas circunstancias, la agencia podrá responder a la solicitud dentro del límite de tiempo estándar establecido por la FOIA - aproximadamente un mes. En otros casos, podrá ser necesario más tiempo para completar la respuesta. Cuando una dependencia requiera una prórroga, se lo notificará por escrito y le dará la oportunidad de modificar o limitar el alcance de su solicitud. Alternativamente, usted puede acordar un plazo distinto para el procesamiento de su solicitud. Bajo ciertas condiciones, usted puede tener derecho a que su solicitud se procese de manera acelerada. Los portales en Internet de cada dependencia pueden brindarle más información sobre este proceso.

Cuando una agencia necesita una prórroga para responder a su solicitud, el componente le notificará del hecho por escrito y le ofrecerá la oportunidad de modificar o limitar el alcance de su solicitud. Alternativamente, usted puede acordar un plazo distinto para el procesamiento de su solicitud. El Enlace Público de la FOIA de la dependencia puede ayudarle con esto.

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¿Cuánto cuesta realizar un pedido asociado a la FOIA?

No existe una tarifa inicial para presentar una solicitud bajo la FOIA, pero la FOIA sí establece la aplicación de determinadas tarifas en algunos casos.

La dependencia puede cobrarle a un solicitante típico por el tiempo que lleva buscar registros y por la duplicación de dichos registros. En general, las primeras dos horas de tiempo de búsqueda o las primeras 100 páginas de duplicación son sin cargo.

Usted tiene la posibilidad de incluir en su carta de solicitud una declaración específica que limite el monto que está dispuesto a pagar en concepto de tarifas. Si una dependencia estima que los cargos totales por procesar su solicitud superarán los 25 dólares, le notificará por escrito la estimación y le ofrecerá una oportunidad de restringir su solicitud a fin de reducir los cargos. Si usted acepta pagar tarifas por una búsqueda de registros, tenga en cuenta que quizás deba pagar estas tarifas aun si la búsqueda no da como resultado ningún registro que responda a la búsqueda o si se encuentran registros que se determina que quedan totalmente exentos de divulgación.

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¿Puedo pedir que se me exima de pagar las tarifas?

Usted puede pedir una exención de las tarifas. Bajo la FOIA, las exenciones de tarifas están limitadas a situaciones en las que el solicitante pueda demostrar que la divulgación de la información solicitada es de interés público porque es probable que contribuya de manera significativa a la comprensión pública de las operaciones y actividades del gobierno y no reviste principalmente un interés comercial para el solicitante. Las solicitudes de exenciones de tarifas por personas que buscan registros acerca de sí mismas suelen no cumplir con esta pauta. Además, la falta de capacidad de un solicitante de pagar las tarifas no es un fundamento legal para otorgar una exención de pago de tarifa.

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¿Qué recibiré en respuesta a una solicitud asociada a la FOIA?

Una vez que la dependencia haya procesado su solicitud y se haya resuelto cualquier problema con las tarifas, la dependencia le enviará una respuesta por escrito que incluirá, en general, todos los documentos que se le puedan divulgar. La carta de respuesta le notificará si se está reteniendo cualquier información debido a las exenciones permitidas por la ley. En general, brindará una estimación de la cantidad de material que se ha retenido. Cuando se ha retenido una parte de su registro, se marcará la página para indicarle qué exenciones se han aplicado.

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¿Puedo hacer que mi solicitud se procese con mayor rapidez o agilidad?

Bajo determinadas condiciones, usted puede tener derecho a que se procese su solicitud de manera acelerada. Existen dos situaciones específicas en las que se aceleran las solicitudes, lo que significa que se procesan lo más rápido posible. Estas dos situaciones corresponden para todas las dependencias. Primero, se aceleran las solicitudes si la falta de aceleración podría poner en peligro la vida o la seguridad física de alguien. Segundo, si una persona sufrirá la pérdida de derechos sustanciales de proceso debido, su solicitud será acelerada. Por lo general, no se acelera una solicitud meramente porque el solicitante enfrente un plazo legal en un procedimiento judicial. Sin embargo, una dependencia puede permitir el procesamiento acelerado para otras situaciones, dependiendo de las normas de dicha dependencia. Los portales en Internet para cada dependencia pueden brindar mayores informaciones sobre reglas y normas específicas relacionadas con el procesamiento acelerado.

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¿Existen requerimientos especiales para obtener registros sobre mi propia persona?

Si busca registros sobre usted mismo, se le pedirá que provea una certificación de su identidad. Se requiere esta certificación para proteger su privacidad y asegurar que no se divulgue inadecuadamente a terceros información privada sobre usted. Siempre que solicite información sobre usted mismo, se le pedirá que provea una declaración notarizada o una declaración firmada bajo pena de perjurio, que indique que usted es la persona que dice que es.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener registros sobre otra persona?

Si usted solicita registros relacionados con otra persona y la divulgación de los registros podría invadir la privacidad de esa persona, por lo general no se le entregarán estos registros.

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¿Qué son exenciones?

No todos los registros pueden divulgarse bajo la FOIA. El Congreso ha establecido ciertas categorías de información que no se exige que se divulguen en respuesta a una solicitud asociada a la FOIA, ya que su divulgación sería perjudicial para intereses gubernamentales o privados. Estas categorías se llaman “exenciones”. Sin embargo, aunque se trate de una exención, las dependencias pueden utilizar su criterio para divulgar la información cuando no se prevea que el hacerlo sería perjudicial y dicha divulgación no esté prohibida por la ley. Existen nueve categorías de información exenta; a continuación, se describe cada una.

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¿Qué es una apelación?

Usted puede presentar una apelación administrativa si no está satisfecho con la respuesta inicial de una dependencia a su solicitud. Primero, puede comunicarse con el profesional de la FOIA a cargo de su solicitud, o el contacto de la FOIA provisto por la dependencia. También puede comunicarse con el Enlace Público de la FOIA de la dependencia. La función del Enlace Público de la FOIA es explicarle el proceso, ayudar a reducir demoras y a resolver cualquier disputa. Con frecuencia, una simple conversación entre usted y la dependencia resolverá cualquier problema que pudiera surgir.

Si fuera necesario, es muy simple presentar una apelación. Típicamente, todo lo que debe hacer es enviar una carta a la dependencia que indique que está apelando la decisión inicial tomada respecto de su solicitud. No existen tarifas o costos para esto. Después de una revisión independiente, la autoridad de apelaciones le enviará una carta notificándole su decisión. Una vez concluido el proceso de apelación administrativa, también tiene la opción de solicitar servicios de mediación a la Oficina de Servicios de Información Gubernamental en la Administración Nacional de Archivos y Registros.

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¿Cómo se categorizan las solicitudes asociadas a la FOIA?

En FOIA.gov, usted puede comparar el número de solicitudes asociadas a la FOIA procesadas por las dependencias cada año. Los datos a su disposición incluyen el número de solicitudes asociadas a la FOIA “recibidas”, “procesadas” y “pendientes” al comienzo o fin de un año fiscal. El número de solicitudes “recibidas” durante un año dado es muy simple: incluye cada solicitud enviada a la dependencia ese año. La cantidad de solicitudes “procesadas” es un poco distinta: solo incluye las solicitudes para las que la dependencia ha tomado una acción final. En otras palabras, si la dependencia recibe una solicitud durante el año, pero no termina todo su trabajo relacionado con la misma durante el mismo año, entonces la solicitud se considerará “recibida”, pero no “procesada”, ya que la dependencia aún no ha tomado acción final. Toda solicitud en la que una dependencia aún esté trabajando se considera “pendiente”.

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¿Qué son solicitudes atrasadas?

Cada año fiscal, las dependencias reciben y procesan miles de solicitudes. A veces, una dependencia logra responder dentro del plazo estándar establecido por la FOIA, o sea, veinte días hábiles, o alrededor de un mes. Aunque las dependencias hacen todo lo posible para responder a las solicitudes de la FOIA con la mayor celeridad posible, en algunos casos simplemente no logran hacerlo dentro de los veinte días. En esta situación, se considera que una solicitud está “atrasada”. Los datos de “atrasos” en FOIA.gov le indicarán cuántas solicitudes estaban pendientes más allá del plazo legal al cabo del año fiscal.

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¿Qué es una consulta?

Cuando una dependencia ubica un registro que responde a una solicitud asociada a la FOIA, pero contiene información de interés de otra dependencia, cada dependencia debe analizar dicho registro para que se pueda divulgar. El proceso en el que una dependencia envía un registro a otra dependencia para su revisión se llama consulta. Las consultas se rastrean de la misma manera que se rastrean consultas en FOIA.gov. Al ejecutar un informe sobre consultas, podrá ver cuántas consultas están actualmente atrasadas en una agencia al inicio del año fiscal, cuántas se reciben, cuántas están procesadas y cuántas están pendientes al cabo del año fiscal.

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¿Cuál es la Política de la FOIA del gobierno?

El Presidente Obama y el Secretario de Justicia de EE.UU. Holder han instruido a las dependencias que apliquen una presunción de abertura al responder a solicitudes de la FOIA. El Secretario de Justicia de EE.UU. específicamente instruyó a las dependencias que no retuvieran información simplemente porque la misma esté técnicamente incluida en una exención y también instó a las agencias a que realizaran divulgaciones discrecionales de sus registros. El Secretario de Justicia de EE.UU. enfatizó que el Presidente les ha solicitado a las dependencias que trabajaran con espíritu de cooperación con los solicitantes de la FOIA. La Oficina de Política de Información del Departamento de Justicia supervisa el cumplimiento de las dependencias con estas directivas e incentiva a todas las dependencias a que cumplan plenamente tanto con el texto como con el espíritu de la FOIA. El Presidente Obama se ha comprometido a hacer de este gobierno el más transparente de la historia.
Última actualización: 1/2011

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